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Penthouse Pilar de la Horadada

239.900 €
  • Reference
    VTA654
  • Bedrooms
    3
  • Bathrooms
    2
  • Surface
    88.78 mts
News
¿Qué tengo que hacer después de comprar una vivienda?
 08

  AUG

¿Qué tengo que hacer después de comprar una vivienda?

Una vez hemos adquirido la vivienda y firmado la escritura de compraventa ante notario, es necesario realizar ciertos trámites posteriores, como el pago de impuestos, presentación del documento en Registros Públicos, comunicación de cambio de titularidad en la finca, etc. Te detallamos todos los pasos que tramitará directamente la notaria donde has firmado la escritura o si lo prefieres, puedes encargarte tú mismo: 1. Abonar los impuestos que correspondan: Para realizar el pago dispones de un máximo de 30 días hábiles desde la fecha de las escrituras. Se tiene que aportar copia de las mismas y el impreso correspondiente. Si has comprado una vivienda de nueva construcción, y se trata de la primera venta que realiza el promotor, tienes que pagar IVA, que se entrega al promotor para que lo ingrese en el Agencia Tributaria. El IVA actual para la compra de viviendas es del 10% del importe de la compra. Cuando se trata de una segunda venta, es decir, no es de nueva construcción, se aplicará el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, entre el 8% y el 10% (Según las Comunidades) del precio de compra o valor fiscal que determina la Agencia Tributaria para esa localidad. Una vez pagado el impuesto, se presentará la copia en papel de la escritura en el Registro de la Propiedad para su inscripción. 2. Inscribir la compra en el registro de la propiedad: El notario puede presentar la documentación de forma telemática o presencial. Una vez examinada por el Registrador, el comprador inscribirá la vivienda a su nombre, y se le entregará la copia de la escritura, con los justificantes de haberse pagado el impuesto, y cambio de nombre. En el registro hay que presentar los siguientes documentos: Copia autorizada de la escritura pública. Justificante de ingreso de autoliquidación del impuesto correspondiente. Último recibo del IBI. Con todos estos documentos, el registro realiza las comprobaciones necesarias y en un plazo de tres semanas a un mes te avisa para recoger el documento de cambio y el pago a realizar. 3. Por tu parte, te aconsejamos: – Acudir al presidente o administrador para identificarse como nuevo propietario, informarte de la situación actual y facilitarle un domicilio para cualquier notificación. – Suministros. No debes olvidar cambiar a tu nombre los suministros que afecten a la vivienda (Luz, Teléfono, Gas). En el caso de vivienda directa de promotor, aseguraros que en la entrega de las llaves os hagan entrega también de los boletines para la contratación del agua, luz y gas. – Documentación y facturas. Guarda todos los documentos, facturas, justificantes y garantías originales referentes a tu compra,ya que puede necesitarlas si decides venderla. -Comprobar que recibes las escrituras. En el notario te facilitarán una copia de la escritura, y te facilitarán la original y dos copias una vez abones los gastos. Si contrataste una hipoteca, también debes quedarte con copia de la escritura correspondiente. -Comprobar la titularidad en el catastro. Solamente tendrás que estar pendiente de recibir la carta de confirmación del cambio, en tu vivienda habitual antes de 6 meses. Por último, comentar que el vendedor debe poner a disposición del comprador un Certificado de Eficiencia Energética.

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